Nacional

SCJN declara inconstitucional ley para devolver recursos en apoyo de la población

Fue la ministra Loretta Ortiz Ahlf quien presentó su proyecto para analizar la acción de inconstitucionalidad promovida por un grupo de senadores de la oposición.

Fueron seis ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los que se votaron para declarar inconstitucional una reforma a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad de Hacienda, que permitía a los partidos políticos devolver recursos para destinarlo a ayudar a la población en algún desastre natural.

Fue la ministra Loretta Ortiz Ahlf quien presentó su proyecto para analizar la acción de inconstitucionalidad promovida por un grupo de senadores de la oposición.

La propuesta de la ministra considera que no existe ningún problema en que los institutos políticos devuelvan el financiamiento directamente a la Tesorería Federal.

Pero para el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena consideró que no depende de los partidos decidir a donde deben devolver el dinero; sino a la Cámara de Diputados.

Los ministros dividieron opiniones al resolver el punto sobre si los partidos políticos pueden decidir cuál será el destino final del dinero que lleguen a devolver a la tesorería federal.

Al votar este punto, el resultado preliminar fue de seis votos contra el proyecto de la ministra Ortiz, es decir, a solo dos votos de alcanzar la mayoría calificada que se precisa para invalidar una ley ya en vigencia.

Aunque se realizó la votación, debido a la ausencia de las ministras Yasmín Esquivel y Margarita Ríos, el ministro presidente Arturo Zaldívar pidió esperar a que se reintegren las ministras para determinar su se obtiene la mayoría calificada y se invalida la reforma o se desecha la acción de inconstitucionalidad.

Ministra y ministro de SCJN retiran proyectos sobre prisión preventiva oficiosa

En sesión ordinaria, el jueves pasado, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN, continuó el debate de la figura de la prisión preventiva oficiosa, medida cautelar establecida en el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El pasado lunes, se inició el análisis del proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar Morales, quien proponía, entre otras cuestiones, la invalidez del Artículo 167 párrafo séptimo del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), así como la invalidez de la fracción XIII del Artículo 5 de la Ley Seguridad Nacional.

El jueves se revisaría la inconstitucionalidad que planteaban la impugnación respecto a un decreto que estableció reformas a distintos ordenamientos en el Estado mexicano, entre ellos, a la Ley de Seguridad Nacional; al Código Nacional de Procedimientos Penales; al Código Penal; al Código Fiscal de la Federación, y a la Ley Federal de Combate a la Delincuencia Organizada. Este último, un análisis que se insertaba en el asunto de la prisión preventiva oficiosa.

Los ministros Luis María Aguilar Morales y Norma Lucía Piña Hernández expusieron sus proyectos, mismos que retiraron de la mesa de discusión.

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