El Sexto Tribunal Colegiado en materia Penal rechazó conceder un amparo a la exconductora de televisión, Inés “G”, contra la orden de aprehensión librada en su contra, al ser probable responsable del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
La familiar de reconocidos abogados panistas había interpuesto una demanda de amparo, a fin de que se le reconociera el acuerdo reparatorio que firmó antes de concluir el sexenio de Enrique Peña Nieto, para así pagar 13.5 millones de pesos al Servicio de Administración Tributaria (SAT), y de esta forma se suspendieran las acusaciones en su contra.
Es así que la magistrada María Dolores Núñez Solorio confirmó la sentencia dictada por el juez de Distrito, ya que, este tipo de convenios, explicó, aplican sólo para para tres tipos de delitos, entre los cuales no está el de lavado de dinero.
Inés “G” había solicitado a la Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda determinar el no ejercicio de la acción penal en la carpeta de investigación correspondiente.
Lo anterior se deriva cuando en 2017 la entonces Procuraduría General de la República (PGR) inició una investigación contra Inés “G” por posibles delitos fiscales y lavado de dinero.
Esto debido a una querella del SAT relativa a la declaración de impuestos del ejercicio fiscal de 2016, donde la conductora declaró haber obtenido ingresos acumulables por la cantidad de 39 millones 518 mil pesos.