Este viernes, entraron en vigor las modificaciones a la Ley de Seguridad Nacional, aprobadas por el Congreso, que regulan a los agentes extranjeros que operan en nuestro país.
De acuerdo con los nuevos lineamientos, ahora serán acreditados como funcionarios consulares por las Secretarías de Relaciones Exteriores (SRE), de Seguridad y Protección Ciudadana de la Defensa Nacional (SEDENA) y de la Marina (SEMAR), de conformidad con los acuerdos bilaterales en materia de seguridad nacional.
Las embajadas acreditadas en México deberán comunicar mensualmente a las instancias correspondientes sobre cualquier tema que pudiera tener un impacto significativo en la vida del país, que represente una amenaza para la Seguridad Nacional o sobre presuntas conductas delictivas de servidores públicos.
El grupo de alto nivel de seguridad aprobará las reuniones entre funcionarios mexicanos y agentes extranjeros para el intercambio de información.
Además, los reportes serán entregados en un plazo máximo de tres días después de un encuentro.
El informe de las embajadas deberá contener:
- Fecha en que se dio el contacto
- Tipo de contacto
- Función del servidor público
- Ente público
- Entidad federativa, municipio o demarcación territorial de la Ciudad de México a la que pertenece
- Tema
- y objetivo del contacto
Hoy se publican en el @DOF_SEGOB:
— Roberto Velasco Álvarez (@r_velascoa) January 14, 2021
1. LINEAMIENTOS que regulan la relación de servidores públicos con agentes extranjeros:https://t.co/CqKZymyiuL