Nacional

SCJN invalida reforma constitucional conocida como “Ley Nahle”

De esta manera se cierra la puerta a que la secretaria de Energía, Rocío Nahle, pueda aspirar a ser candidata a la gobernadora de Veracruz.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma constitucional que establecía un nuevo supuesto para considerar a una persona como veracruzana, y que es conocida como la “Ley Nahle”.

Esta reforma buscaba reconocer como veracruzanos -aunque no hayan nacido en el estado- a quienes tengan hijos en la entidad. De esta manera se cierra la puerta a que la secretaria de Energía, Rocío Nahle, pueda aspirar a ser candidata a la gobernadora de Veracruz.

Fue el artículo 11 de la Constitución del Estado de Veracruz el que se modificó el 11 de agosto de 2022, cuando se adicionó la fracción tercera, la cual indica que: “Son veracruzanos las o los mexicanos nacidos fuera del territorio del estado, con hijos veracruzanos o con una residencia efectiva de cinco años en territorio veracruzano”.

De haberse mantenido vigente esta porción normativa, Nahle habría podido contender por la gubernatura pese a ser originaria de Río Grande, Zacatecas, ya que por años ha despeñado cargos públicos en esta entidad federativa.

El Pleno de la SCJN invalidó la porción normativa mencionada, al considerar que “el legislador local introdujo un supuesto adicional para ser considerado como nativo de la entidad y que hubiera podido incidir en los requisitos que es necesario cumplir para acceder a la gubernatura”, lo cual resultaba violatorio de lo dispuesto en el Artículo 116, fracción I, último párrafo, de la Constitución Federal.

Dicho artículo prevé que sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él, o con residencia efectiva no menor de cinco años inmediatamente anteriores al día de los comicios, y tener 30 años cumplidos el día de la elección, o menos, si así lo establece la Constitución Política de la Entidad Federativa.

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