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SCJN valida retención de bienes como garantía de pago en juicios mercantiles

La SCJN validó la retención de bienes de empresas, para garantizar el pago de empresas en juicios ejecutivos mercantiles a demandantes

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la retención de bienes de empresas, para garantizar el pago de empresas en juicios ejecutivos mercantiles a demandantes.

Las y los ministros de la Sala resolvieron por mayoría que la retención de bienes sí puede implementarse en un juicio ejecutivo mercantil, para garantizar a todos los afectados el acceso a las herramientas necesarias y asegurar el eficaz cumplimiento de una eventual sentencia condenatoria.

Lo anterior, dijeron, como parte esencial del derecho de acceso a la justicia.

Al resolver una contradicción de tesis, ante los fallos contrarios a que habían llegado los tribunales colegiados, la sala de la Corte consideró que la retención de bienes sí es procedente.

Lo anterior, debido a que se encuentra previsto en el Código de Comercio, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos para ello, las y los ministros determinaron que de este modo no se trasgrede el principio de especialidad de la ley.

Destacaron que la utilización de la retención de bienes dentro del juicio ejecutivo mercantil no impide que también pueda solicitarse la figura del embargo, ante la posibilidad de que los bienes retenidos no sean suficientes para garantizar el cumplimiento total de la obligación de la empresa en juicio.

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