Con 117 votos a favor (por unanimidad), el Pleno del Senado de la República aprobó reformar la Constitución para establecer la prohibición del maltrato animal y señalar que el Estado mexicano deberá garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales.
El dictamen también reconoce a los animales como seres sintientes; asimismo, considera impulsar la educación sobre la protección de las diferentes especies en las escuelas.
La minuta avalada fue enviada a los congresos estatales para su análisis y eventual aprobación.
✅ Por unanimidad, con 117 votos a favor, se aprueba reformar la Constitución para establecer la prohibición del maltrato animal y señalar que el Estado mexicano deberá garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales. pic.twitter.com/5T7iIxlrNp
— Senado de México (@senadomexicano) November 21, 2024
México, primer lugar en maltrato animal en América Latina
De acuerdo con la presidenta de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, Maki Esther Ortiz Domínguez, México ocupa el tercer lugar mundial y el primero en América Latina en maltrato animal.
Al año, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía e Informática (INEGI) reporta que mueren alrededor de 60 mil animales por maltrato. Además, se estima que 29.7 millones de perros y gatos viven en la calle.
¿De qué trata la reforma?
Con las modificaciones a los artículos 3, 4 y 73 de la Carta Magna, se eleva a nivel constitucional la prohibición del maltrato a los animales.
Además, se establece que los planes y programas de estudio que se imparten en las instituciones educativas de México deberán contar con temas en materia de protección de los animales.
De la misma forma, prohíbe el maltrato en la crianza y sacrificio de animales de consumo humano, así como la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro.
El proyecto también faculta al Congreso de la Unión a expedir una ley de protección y bienestar de los animales, dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor de la reforma.