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¡Ya está en vigor! Adiós a los cobros sorpresa por servicios streaming

Se trata de nuevas reglas para cancelar suscripciones con cobro recurrente, como servicios de streaming o música en línea.

Este 13 de diciembre entraron en vigor las modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor en materia de cancelación de suscripciones y membresías con cobro recurrente, las cuales protegen a las personas que usan servicios digitales, como el streaming.

Las modificaciones, publicadas ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y que adicionan las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de dicha ley, establecen que las plataformas deberán:

  • Informar puntualmente si el servicio implica cobros recurrentes, indicando con claridad el monto, la periodicidad y la fecha de los cargos automáticos, desde el momento de contratación.
  • Si el servicio se renueva automáticamente, debe notificar al menos cinco días naturales antes y permitir la cancelación sin penalización.
  • El proveedor debe permitir la cancelación inmediata del servicio, suscripción o membresía, sin contravenir las disposiciones contractuales.

Los cambios en la Ley Federal del Consumidor también indican que se debe respetar la decisión del consumidor sobre la cantidad y calidad de los productos que desea recibir, así como la de no recibir avisos comerciales.

Además, firmas como HBO, VIX y Netflix, entre otras, deben evitar estrategias de venta o publicidad que no den información clara y suficiente, especialmente para grupos vulnerables como infancias y adultos mayores. En estos casos, deben advertir si la información no es apta para ellos.

Por su parte, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) señaló que esta medida también es aplicable para proveedores de televisión restringida (de paga), telefonía fija y móvil e internet.

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