Reportajes especiales

¿Por qué es tan controversial el Artículo 33?

La discusión sale al debate público luego de que Segob anunciara el retiro del título de personas 'non gratas' a extranjeros, entre quienes está el cantante Manu Chao.

La Secretaría de Gobernación (Segob) anunció el retiro del título de persona “non grata” a varias personas extranjeras, que fueron expulsadas luego de que se les aplicó el Artículo 33.

Entre esa lista destaca el cantante Manu Chao, que desde el año 2009, no ha vuelto al país, porque durante el gobierno de Felipe Calderón, hizo algunas declaraciones sobre el caso Atenco.

El anunció lo hizo Adán Augusto López, titular de Segob, durante la conferencia matutina, el pasado 21 de diciembre, en la que mostró una lista de 17 personas que habían sido expulsadas del país durante las administraciones de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

Personas extranjeras y la libertad de expresión

El secretario de Gobernación dijo que, en el pasado reciente se utilizó al Instituto Nacional de Migración (INM) para expulsar del país a las personas extranjeras que habían manifestado alguna opinión de carácter política o alguna posición en asuntos sociales.

Se refirió al cantante Manu Chao, quien fue declarado persona “non grata” por referirse al caso de San Salvador Atenco, en cuya memoria quedó marcada la represión policiaca, las detenciones arbitrarias, expulsión de personas extranjeras, vejaciones, violaciones y tortura sexual, durante el Gobierno de Peña Nieto (2006).

Ante esto, el Presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que en nuestro país ya no se expulsan a personas extranjeras por motivos políticos o sociales, e incluso señaló que se necesita una reforma o reglamentación al Artículo 33 de la Constitución.

Por ello, el secretario de Gobernación dijo que se enviaría una opinión jurídica a la Cámara de Diputados con el objetivo de que el INM no tenga facultades para expulsar a personas extranjeras debido a expresiones políticas o sociales, por vía “fast track”.

Además, señaló que lo que va a hacer es una ley reglamentaria a este artículo, aunque agregó que tal iniciativa se hizo desde hace cinco años al Senado, que fue aprobada y se encuentra en la Cámara de Diputados.

El Articulo 33 es muy popular entre las personas extranjeras, porque se relaciona que hay un riesgo de expulsión del territorio si emiten alguna opinión, crítica o se “inmiscuyen” en asuntos políticos del país.

Es la primera vez que este artículo es mencionado por un presidente de nuestro país y que sale al debate público, ya que durante largo tiempo, aunque se conocía su existencia fue aplicado de manera sombría, tal como señala Leticia Calderón, investigadora y profesora del Instituto Mora, a Once Noticias.

Pero, ¿Por qué es tan controversial y por qué exigen su derogación?

Un artículo que se concibió en el siglo XIX

Leticia Calderón explica que es un artículo del siglo XIX y que sobrevivió a todo el siglo XX, incluso a la Revolución Mexicana.

“Tiene que ver con prohibir todo tipo de expresión o manifestación política para los extranjeros que radican en México, de forma permanente o temporal. La intención original fue porque México vivió amenazado, asediado bélicamente y por las intervenciones directas extranjeras. Entonces, ese artículo se justificaba, sin embargo, un siglo y medio después es obsoleto, no tiene dientes jurídicos y ha sido utilizado de manera discrecional y discriminatoria”, expresó al medio.

El Artículo 33 fue concebido desde el siglo XIX, en el contexto de las intervenciones y para frenar el ánimo expansionista de Estados Unidos a México.

Manuel Becerra Ramírez señala que los antecedentes más remotos se encuentran en un decreto emitido el 20 de marzo de 1829, en donde se establecía la expulsión de españoles, mientras España no reconociera la Independencia de México.

Asimismo, comentó que, en 1857 aparece este artículo y se hace bajo la figura de “Gobierno” que tenía una facultad muy amplia, auspiciada por la figura del presidente de la República, para “expeler al extranjero pernicioso”.

Sin embargo, se consolidó en la Constitución de 1917, en el que se redactó que el Ejecutivo es quien tiene la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente.

“Los extranjeros no podrán, de ninguna manera, inmiscuirse en asuntos políticos del país”, señala el texto.

Su principal característica es que funciona bajo atributo del presidente, lo que quiere decir que es el presidente en turno, quien decide la expulsión o permanencia de la persona extranjera.

Discursos nacionalistas defensivos

Al respecto, el investigador Pablo Yankelevich, tiene un estudio sobre los extranjeros que fueron expulsados desde 1911 hasta 1940. El investigador señala que los presidentes que gobernaron en ese período firmaron mil 185 órdenes de expulsión bajo el Artículo 33 y que su uso respondió a discursos nacionalistas defensivos, enmarcados un contexto de convulsión social y política, y con marcas xenófobas.

De ese total, comentó, 786 extranjeros (66.3%) fueron expulsados con carácter permanente y los restantes 399 (33.7%) consiguieron revocación a sus órdenes de expulsión.

Además, el investigador apunta que entre las principales nacionalidades expulsadas fueron estadounidenses, chinos y españoles, y los principales motivos de expulsión fueron políticos y actividades delictivas.

También señala que se expulsaron, en total, a 40 nacionalidades. Las principales fueron europeas y 7.4% fueron de nacionalidades latinoamericanas como cubanos, guatemaltecos, colombianos y chilenos.

Posteriormente, en el resto del siglo XX, las expulsiones disminuyeron, aunque no se detuvieron. En los últimos días se citaron las expulsiones que se dieron durante las últimas dos administraciones presidenciales: la de Felipe Calderón y de Peña Nieto.

De 2006 a 2012, se expulsaron a 13 personas; de 2012 a 2018, se expulsaron a cuatro personas extranjeras. 

Un artículo que se usó a modo

En el año 2011, se hizo una reforma sobre este artículo, para que las personas extranjeras tuvieran derecho de audiencia. No obstante, tal como compartió Leticia Calderón, uno de los problemas de este artículo fue que nunca ha tenido un reglamento.

Además de que se utiliza, para inhibir, amenazar y como recurso fácil para descalificar a alguien que argumente diferente, sin importar la ideología.

“El problema es que es un artículo que no tiene una cuestión jurídica concreta. La utilizan funcionarios del INM para amenazar, extorsionar e incluso para amenazar con deportaciones, aunque no puedan utilizarla dado que funciona bajo atributo del presidente, sin embargo, lo mencionan. Pero también la población mexicana en general lo tiene en su ADN y lo utilizan de manera fácil, para descalificar a una persona o amenazarla, quiero decir que se genera un tipo de xenofobia, legalmente aceptada”, explicó la investigadora.

Y es que un ejemplo de ello fue el año pasado, cuando Lily Téllez y otros legisladores del Partido Acción Nacional (PAN) pidieron la expulsión de Abraham Mendieta bajo el Artículo 33, por “inmiscuirse en asuntos políticos del país”.

 

Algo que resalta es que detrás también está la libertad de expresión frente a los mecanismos de injerencia, ¿hasta dónde una opinión vulnera la soberanía o seguridad de un Estado? ¿por qué las personas que emiten una crítica se pueden volver “indeseables” para los gobiernos?

En 2009, Manu Chao se refirió al caso Atenco, ocurrido en el Estado de México, bajo la administración de Peña Nieto. En una entrevista dijo, “lo que está pasando en Atenco, de cierto modo es un terrorismo de Estado” y habló sobre el despojo de las tierras y la represión policial.

Sus declaraciones se enmarcaban en una campaña que hicieron intelectuales, actores, artistas y personas defensoras de derechos humanos en nuestro país, llamada “Campaña Nacional e Internacional Libertad y Justicia para Atenco”.

Su objetivo fue exigir a las autoridades la liberación de las personas que estaban detenidas desde el 2006, por lo ocurrido en San Salvador Atenco.

Tres años después, el cantante se iba a presentar en el Festival de Cine de Guadalajara, pero sus conciertos fueron cancelados y el cantante salió del país. El INM argumentó que no podía trabajar dado que tenía visa de turista.

Otro caso que ocurrió hace unos días, fue la expulsión de Pablo Monroy, embajador de México en Perú, bajo el argumento de que la expulsión se daba por las declaraciones que hizo el Presidente Andrés Manuel López Obrador, sobre la situación de Perú y el ofrecimiento de asilo a Pedro Castillo, y a su familia. Las autoridades de Perú calificaron las opiniones de AMLO como una injerencia política sobre el país andino.

La injerencia tiene que ver con mecanismos de acción para intervenir sobre los estados, por ejemplo, con el financiamiento de campañas o golpes de Estado, como ha ocurrido sobre países de América Latina, en el siglo pasado, durante el contexto del intervencionismo estadounidense; no necesariamente ha sido a través de las armas, sino también a través de las economías. 

En el caso de opiniones y críticas juegan un papel importante los contextos en los que se dan, pero también en quiénes las emiten y en las intenciones que hay detrás. Eso quiere decir que la aplicación del Artículo 33 ha sido sobre figuras que resultan “incómodos”, en el tenor de Pablo Yankelevich, para líderes de los gobiernos en turno, por lo que la libertad de expresión quedaba al servicio de lo que se juzgaba conveniente o inconveniente, si la crítica la consideran favorable o no, a sus intereses. 

¿Derogar o no derogar al Artículo 33?

Pero volvamos al cauce. La investigadora comparte que no son lo mismo las detenciones ilegales sobre las personas en tránsito que las expulsiones por Articulo 33.

“El Artículo 33 se utiliza sobre todo para amenazar e incluso extorsionar a población extranjera que radica en nuestro país y a la cual se le quiere amordazar políticamente. Por política me refiero a expresiones, manifestaciones, activismo político y organización. De eso se trata el Artículo 33”, agregó.

En tal sentido dijo que se suelen confundir las expulsiones de este tipo con las deportaciones de personas en tránsito.

Leticia Calderón recordó que, en el siglo pasado, se expulsaron a muchas personas con este artículo y que su aplicación se hacía sin que las personas tuvieran acceso a un amparo o audiencia, y era utilizado más como un recurso de amenaza por líderes políticos o autoridades migratorias.

Recordó el caso de la cantante Belinda, quien apoyó políticamente a López Obrador, por lo que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) interpuso una demanda para que fuera expulsada, por sus raíces españolas, aunque la cantante tiene la binacionalidad.

No prosperó por lo absurdo y lo ridículo, pero el poder que genera para descalificar a las personas extranjeras es una discusión en sí, porque se utiliza como un recurso político y de descalificación aunque legalmente no haya prosperado. Por eso se debe de entender que ni se utiliza ni tiene dientes jurídicos, porque es una amenaza y uso político, por eso debe derogarse y no reglamentarse, enfatizó la investigadora.

Hace algunos días, el Presidente López Obrador, en su conferencia matutina, dijo que este artículo no ha sido utilizado por su administración para coartar la libertad de expresión y que está abierto a discutir la derogación.

Leticia Calderón es partidaria de que se derogue el Artículo 33, dado que lo considera arbitrario, y dijo que no es suficiente que se reglamente, ya que su existencia misma engloba violaciones sobre los derechos humanos, como la libertad de expresión. Dijo que el país no necesita el permiso del país vecino, para derogarlo, por lo que hizo un llamado para llevarlo a cabo. 

También aprovechó para señalar que se debe llevar a la agenda y discusión el caso de las personas naturalizadas y con binacionalidad, para su participación política y laboral. Consideró que sería importante para la práctica democrática.

¿Y volverá Manu Chao?

Tras quitar el título de persona “non grata” al intérprete de “Clandestino” y ex líder de Mano Negra, Claudia Sheimbaum, jefa de gobierno de Ciudad de México, publicó en sus redes sociales que el gobierno de la capital busca que vuelva a tocar en el Zócalo, “le daremos la bienvenida como lo hicimos en 2006, en la ciudad de derechos y libertades”, escribió.

En aquella ocasión, el emblemático concierto formó parte del Festival del Agua Tlalocan, que como respuesta a la metáfora, se llevó a cabo bajo la lluvia el 26 de marzo de 2006. El concierto fue abierto por bandas com Panteón Rococó, Los Estrambóticos, La Maldita Vecindad y los Hijos del Quinto Patio.

Luego de emitir un mensaje por voz del Sub Comandante Marcos, que encendió a los y las asistentes, Manu Chao dio su último concierto junto a Radio Bemba, en nuestro país. En aquella velada se congregaron más de 150 mil personas en la plancha del Zócalo

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