La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó que a las 16:00 horas de este lunes, se registraron altos niveles de ozono en Coyoacán, donde se reportó un valor máximo de ozono de 159 ppb en la estación de monitoreo CCA-UNAM.
Por lo anterior, la CAMe llamó a la aplicación inmediata de varias medidas con el objetivo de disminuir la exposición de la población al aire contaminado, así como para reducir la generación de contaminantes y con ello disminuir la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono el martes
Medidas y recomendaciones para la población:
- Protección a la salud
- Evitar hacer ejercicio o actividades vigorosas en exteriores entre las 13:00 y 19:00 horas.
- Mantenerse informados sobre la calidad del aire con la App “Aire”, en el sitio web www.aire.cdmx.gob.mx, en twitter @Aire_CDMX o al teléfono 5552789931 ext. 1.
Restricciones a la circulación en el Sector Transporte
Mañana martes 27 de abril, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 0, 2, 4, 6, 7 y 8, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
- Los vehículos de uso particular con matrícula local sin holograma de verificación y los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o cuyo holograma no sea “E”, “00” ó “0”.
- Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR, con excepción de aquellas que usen válvulas de desconexión seca.
- Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas.
- Los Taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones:
- Vehículos que porten holograma “E”, “00” o “0” cualquiera que sea su uso (salvo unidades de reparto de gas licuado de petróleo).
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la COVID-19).
- Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica, administrativa y de apoyo, siempre y cuando porten el símbolo de salud sellado y firmado por su centro de trabajo.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o matrícula para personas con discapacidad.
- Vehículos que porten la constancia tipo “Gas” o “A” Autorregulación.
⚠️🔴SE ACTIVAN MEDIDAS POR ALTAS CONCENTRACIONES DE OZONO
— CAMegalópolis (@CAMegalopolis) April 26, 2021
EN LA ZONA METROPOLITANA DEL VALLE DE MÉXICO (ZMVM)
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