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SCJN frena ‘Plan B’ de AMLO; admite controversia del INE

El llamado “Plan B” de la Reforma Electoral establece la reducción, fusión y reestructuración de diversas áreas del órgano electoral. 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que admitió la demanda de controversia constitucional que interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra del “Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y que expide una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral”.

Esto quiere decir que la SCJN frenó la aplicación del “Plan B” de la Reforma Electoral que impulsa el gobierno del Presidente Andrés Manuel López Obrador. Se prevé que esa suspensión se mantenga durante el tiempo que le tome al máximo tribunal resolver el tema de fondo. 

Conceden suspensión solicitada por el INE

Asimismo, Javier Laynez Potisek, ministro instructor, concedió la suspensión solicitada por el INE, “respecto de todos los artículos impugnados del decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma”.

 La SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en controversias constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía”, señaló  el máximo tribual del país.

¿Qué propone el “Plan B” de la Reforma Electoral?

El llamado “Plan B” de la Reforma Electoral establece la reducción, fusión y reestructuración de diversas áreas del órgano electoral. 

Demanda una retabulación de salarios, se eliminan fidecomisos, que permitían a esta entidad retener recursos públicos de manera muy poco transparente. 

También garantiza la protección de los derechos electorales de las minorías.

Establece que los partidos puedan guardar los remanentes de recursos, ya sean públicos o privados, que no utilicen en un año para el periodo siguiente. Hasta ahora estaban obligados a devolverlos a la Tesorería de la Federación.

Establece una reducción a la propaganda gubernamental, es decir que lo que no se etiquete en los presupuestos como propaganda no será considerada como tal, a pesar de que utilice fondos públicos,

Limita además la capacidad del árbitro electoral de sancionar a los funcionarios que públicamente se expresen a favor de un candidato.

Asimismo, dentro del “Plan B” se eliminó la cláusula de la vida eterna a los partidos, con la que se permitía que en una coalición de partidos con mayor votación le pudieran transferir sufragios al partido con menos votos y con ellos evitar que perdiera el registro.

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