La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válido el plazo de 30 días que establece la ley para la protección de defensores de derechos humanos y periodistas, para que en este periodo puedan inconformarse contra resoluciones del mecanismo de protección sobre medidas preventivas y urgentes.
Por mayoría de cinco votos a tres, el pleno negó un amparo a la periodista Mirna Susana Gómez Vázquez, víctima de desplazamiento forzado por las amenazas que recibieron ella y sus hijas menores, debido a que impugnó de manera extemporánea el cambio de medidas de protección que le fueron otorgadas.
“Asimismo, se trata de un plazo, lo suficientemente amplio que permite a mujeres periodistas, víctimas de violencia, ejercer debidamente el derecho a la defensa”, consideró la ministra Loretta Ortiz Ahlf.
Sin embargo, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, uno de los que votó en contra del proyecto, recordó la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las y los periodistas y pidió la flexibilidad de los plazos fatales.
“Me parece que no debemos de perder de vista la situación que viven los periodistas en el país. No hace mucho se dio cuenta en los medios como una periodista, incluso grabó el momento en el que fue detenida, y pues la noticia es que fue asesinada”, declaró el ministro presidente.
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